miércoles, 22 de abril de 2009

◘•empresa•◘



El concepto de empresa revela un trasfondo filosófico que permite conocer la importancia que tienen —además de las actividades que se realizan y los recursos que se utilizan— las "personas" y sus "conversaciones" en el funcionamiento de toda empresa.
Por ello, resulta muy conveniente que toda persona que está vinculada a una empresa conozca cuál es el concepto de empresa, con la finalidad de que tengan un panorama más completo de lo que es en esencia una empresa.

La empresa es una organización social que realiza un conjunto de actividades y utiliza una gran variedad de recursos (financieros, materiales, tecnológicos y humanos) para lograr determinados objetivos, como la satisfacción de una necesidad o deseo de su mercado meta con la finalidad de lucrar o no; y que es construida a partir de conversaciones específicas basadas en compromisos mutuos entre las personas que la conforman.

Luego de conocer el concepto de empresa surge una pregunta muy importante:
¿Cómo se puede aplicar este concepto en una empresa?
A continuación, se detallan algunas sugerencias:
1. Crear, desarrollar y dar a conocer el sistema de la empresa a todos los integrantes:
Si bien, se dice que una empresa es un sistema en sí (porque está conformado por un conjunto de elementos que actúan e interactúan de forma dinámica entre sí para alcanzar uno o más objetivos), es preciso recordar que éste debe ser creado, desarrollado y comunicado adecuadamente a los integrantes de la empresa, de tal forma que todos conozcan cómo funciona el sistema en el que son parte activa.
2. Concientizar a cada miembro de la empresa acerca de que la misma es una organización social:
Una organización social es una asociación de personas regulada por un conjunto de normas y en el que cada miembro cumple una determinada función para lograr los objetivos fijados. Teniendo en cuenta está definición, es fundamental que cada persona que conforma la empresa esté consciente de lo importante que es cumplir tres reglas básicas: 1) Realizar adecuadamente las funciones que le han sido asignadas porque son parte de un "conjunto global de funciones" que apuntan al logro de los objetivos fijados. 2) Cumplir con las normas y políticas establecidas para coadyuvar a la preservación del orden en la empresa. 3) Relacionarse adecuadamente con las personas del entorno interno (compañeros de trabajo) y externo (como, clientes y proveedores) para coadyuvar activamente al mejoramiento o preservación del clima laboral.
3. Administrar adecuadamente cada recurso de la empresa:
Los recursos son los medios o el conjunto de elementos que se utilizan para lograr los objetivos fijados. Por tanto, es muy importante que cada miembro de la empresa esté consciente de la importancia de planificar, utilizar y controlar apropiadamente cada recurso de la empresa que le ha sido confiado, porque de esa manera, contribuirá al logro de los objetivos establecidos.
4. Guiar positivamente las conversaciones que se dan en la empresa:
Una conversación es la acción y efecto de hablar familiarmente con otra u otras personas. Las conversaciones pueden ser positivas (por ejemplo, cuando son constructivas y están basadas en la búsqueda de soluciones e ideas para lograr buenos resultados, lo cual, es un claro indicativo de que la organización va por buen camino) o negativas (como sucede si una buena parte de las conversaciones están basadas en el rumor, el chisme y la intriga, lo que es un indicativo de que la empresa está enferma y que requiere de cambios urgentes para evitar un final que puede ser trágico). Por ello, es tarea de los directivos de la empresa el guiar las conversaciones entre los miembros dando el ejemplo en todas las conversaciones que sostienen.
5. Incentivar los compromisos que contribuyen positivamente al mejoramiento de la empresa:
Los compromisos son obligaciones que contraen las personas con otras y con la misma empresa. Por tanto, la dirección debe incentivar aquellos compromisos que sean positivos para toda la empresa. Por ejemplo, otorgando premios a los miembros que realicen adecuadamente sus funciones, que cumplan las normas y políticas de la empresa, y coadyuven al mantenimiento o mejoramiento del clima laboral.

♥legislacion tributaria♥




Concepto de Tributos y sistema tributario.
Nuestro ordenamiento positivo no define lo que ha de entenderse por tributo pero doctrinariamente podríamos señalar que es toda prestación pecuniaria exigible coactivamente por la administración pública. Por sistema tributario podemos en consecuencia decir que son los diversos tributos vigentes.
El impuesto ha sido conceptualizado como aquel establecido por la Ley en virtud del cual el Estado exige coactivamente el pago de una suma de dinero para financiar servicios públicos indivisibles. A diferencia de las tasas acá no hay contraprestación a favor de quién paga el impuesto.
Características de los impuestos.
1.- Es una cuota de dinero;
2.- Es recabada por el Estado;
3.- Se encuentra establecido por reglas generales y fijas;
4.- Están destinados a financiar servicios de interés general de carácter indivisible.
Elementos del Impuesto.
a.- Existencia de sujeto activo;
b.- Existencia de un sujeto pasivo;
c.- El hecho gravado;
d.- La base imponible;
e.- La existencia de una tasa, si es que es un impuesto porcentual;
f.- Oportunidad en que se devenga el impuesto;
g.- Exenciones reales;
h.- Exenciones personales;
i.- Créditos contra la base o contra el impuesto.
Sistema Tributario Chileno
Son los diversos tributos vigentes por una legislación que concede franquicias o exenciones tributarias y por cuerpos legales que crean una administración tributaria. Lo conforman:
I.- La legislación impositiva.
Ej. Ley de impuesto a la renta, Ley de impuesto a las Ventas y servicios; Ley sobre impuestos a los Timbres y Estampillas; Ley sobre Impuestos a las Herencias y Donaciones, etc.
II.- Legislación que concede franquicias o exenciones tributarias.
Ej. A zonas determinadas (fomento regional a regiones i, XI, XII y provincias de Chiloé); A sectores determinados (marina mercante nacional, empresas forestales, etc); franquicias a las exportaciones, etc.
CLASIFICACION DE LOS IMPUESTOS.
• IMPUESTOS INTERNOS - IMPUESTOS EXTERNOS O ADUANEROS

Según afecten a bienes, rentas o actividades que se encuentran o desarrollan dentro del territorio nacional o fuera de él.
IMPUESTOS REALES - IMPUESTOS PERSONALES
Según afecten a las bienes o a las personas.
SEGÚN SU DESTINO: IMPUESTOS A RENTAS GENERALES DE LA NACIÓN - IMPUESTOS SUJETOS A DESTINO ESPECIFICO.
La mayoría de los impuestos en CHILE son del primer carácter. Antes existía un impuesto único a los trabajadores para obras en la provincia de Ñuble.
SEGÚN LO QUE GRAVAN: IMPUESTOS DIRECTOS - IMPUESTOS INDIRECTOS.
Los directos gravan lo que una persona tiene, lo que perciba o lo que retira. Ej. Impuesto a bienes raíces y herencias y donaciones.
Los indirectos gravan el gasto, ejemplo el IVA.
SEGÚN SU TASA: IMPUESTO DE TASA FIJA - IMPUESTO PORCENTUAL.
• Los porcentuales pueden ser proporcionales, progresivos o regresivos.
Los de tasa fija con un monto específico, por ejemplo Ley de impuestos a Timbres y Estampillas. Respecto a los segundos estos pueden ser proporcionales (una misma tasa cualquiera sea la base como el impuesto de primera categoría); progresivos (la tasa sube en medida que aumenta la base ej. Impuesto a las herencias y donaciones); o regresivos (menos tasa mientras más alta es la base.
Características del Sistema Tributario Chileno
1.- Existencia de una pluralidad de impuestos.
2.- Son establecidos por la autoridad central que no es más que consecuencia del carácter de estado unitario de nuestro país.
3.- Sistema implantado sobre la base de un modelo económico neocapitalista que respeta la propiedad privada de los bienes de producción, la libertad de trabajo y de empresa.
4.- Su finalidad esencial es procurar recursos para el Fisco.
5.- Se trata de aplicar el principio de neutralidad tributaria.
6.- Tiende a evitar las exenciones tributarias.
7.- Consecuencia de lo anterior se establece la equidad horizontal, es decir, la misma base imponible da como consecuencia una impuesto de similar rango.

•◘○legislacion laboral○◘•




1. MINISTERIO DEL TRABAJO
El Ministerio del Trabajo tiene como función principal promocionar el diálogo social con la finalidad de promover en el marco de una economía productiva y solidaria, el empleo, el trabajo digno y la protección a los derechos humanos y sindicales de las trabajadoras y trabajadores; el desarrollo de un sistema de seguridad social público y solidario; y la prestación de un servicio de calidad y eficiencia que permita la regulación de las relaciones laborales y sea accesible a todos los trabajadores y trabajadoras.

b. COMISIONADOS ESPECIALES
c. AGENCIAS DE EMPLEO

Servicio Público, adscrito a la Dirección General de Empleo del Ministerio del Trabajo que funciona a través de una red de Agencias de Empleo públicas, ubicadas en todo el Territorio Nacional, tiene por objetivo vincular la oferta y la demanda de empleo y desarrollar un sistema eficiente de servicios de empleo, que responda a las necesidades del sector productivo. Lo más parecido a esos sindicatos son nuestras cooperativas Agrícolas.
Estaban malvendiendo su trabajo por competir entre ellos. Consiguieron mejorar muchísimo el precio del trabajo, es decir los salarios. Hay que señalar que el gran enemigo del sindicato no era el patrón, sino el trabajador no sindicado o los otros sindicatos del mismo sector.
b. CARACTERES
Las principales características de los sindicatos son:
• Finalidad esencialmente económica.
• Ámbito laboral. Reunir a trabajadores con intereses comunes de carácter económico derivados de las relaciones de trabajos.
• Constitución por acuerdo libre de los trabajadores y no por acto de autoridad. El Sindicato debe reunir a un sector mayoritario de los trabajadores del área económico-social en la cual se ha constituido.

c. FORMAS DE CONSTITUCIÓN
La constitución de un sindicato necesariamente debe respetar la siguiente tramitación:
El acuerdo para la constitución de un sindicato debe ser adoptado en asamblea especialmente convocada para tal efecto.
Esta asamblea de trabajadores deberá celebrarse con los quórum mínimos exigidos por la ley, según el sindicato a formar.
• A) Empresas con más de 50 trabajadores
Se requiere un mínimo de 25 trabajadores que correspondan, a lo menos, el 10% del total de trabajadores que presten servicios en la empresa.
• B) Empresas con más de 50 trabajadores, donde no existe sindicato vigente.
En estos casos, el sindicato podrá constituirse con un mínimo de 8 trabajadores, prescindiendo del porcentaje que representen del total de trabajadores de la empresa.
• C) Empresas con 50 o menos trabajadores.
Para constituir un sindicato en estas empresas se requerirá solamente con un mínimo de 8 trabajadores, sin exigir que representen un porcentaje de los trabajadores de la empresa.
• D) Empresas con establecimientos.
En cada establecimiento podrá constituirse un sindicato con un mínimo de 25 trabajadores que representen, a lo menos el 30% de los trabajadores del establecimiento.
• E) Sindicatos con 250 o más socios.
Estos sindicatos podrán constituirse, cualquiera sea el porcentaje de trabajadores de la empresa que representen.
• F) Otros sindicatos.
• Todo trabajador que concurra a la constitución de un sindicato, de los enunciados, se encuentra amparado por fuero laboral
d. CLASES
• Sindicato de Empresas : es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa;
• Sindicato interempresa : es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos;
• Sindicato de trabajadores independientes : es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno;
• Sindicato de trabajadores eventuales o transitorios : es aquel constituido por trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en períodos cíclicos o intermitentes.
• Sindicato de Industria.- Agrupación en un solo sindicato de trabajadores pertenecientes a una industria determinada, sin considerar profesión, oficio o especialidad.
• Sindicato de Oficio.- Agrupación en un solo sindicato de trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad, sin consideración de industria o empresa.
e. FINES
La ley señala que son fines principales de las organizaciones sindicales:
• Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individuales de trabajo, cuando sean requeridos por los asociados.

En la práctica se aprecia como muchos sindicatos otorgan beneficios sindicales expresados como:
• Fiesta Aniversario Sindicato, Fiesta Navidad, etc. 4. CONVENCIÓN COLECTIVA
a. DEFINICIÓN
Se define como el acuerdo normativo mediante el cual dos o más sindicatos representativos de categorías económicas y profesionales estipulan condiciones de trabajo aplicables a las relaciones individuales de trabajo en el campo de las representaciones respectivas. En consecuencia toda convención colectiva tiene su marco temporal y espacial. La convención prescribe en detalle cuales serán las condiciones laborales que regirán los contratos individuales de trabajo.
b. CARACTERES
1. Las convenciones colectivas de trabajo que se celebren entre una asociación profesional de empleadores, un empleador o un grupo de empleadores, y una asociación sindical de trabajadores con personería gremial, se rigen por las disposiciones de la presente ley.
Solo están excluidos de esta ley los trabajadores comprendidos en la Ley, en tanto dichas normas regulan sus propios regímenes convenciona!es."
Los convenios colectivos de trabajo de empresa o de grupo de empresas, deberán observar las condiciones establecidas en el párrafo precedente y serán presentados ante la autoridad de aplicación para su registro, publicación y depósito, conforme a lo previsto en el artículo 59 de esta ley.

☼legislacion comercial☼






DEFINICIÓN Y OBJETO DEL COMERCIAL
Concepto de los actos del comercio:
Es el conjunto de normas destinadas a regir las relaciones jurídicas que se derivan del comercio, y a resolver los conflictos que surgen entre los comerciantes.
Cuando hablamos de comercio, o hacemos en el sentido económico o en el jurídico. En el lenguaje jurídico, el comercio es pues, transformación e intermediación con fines de lucro.
El derecho comercial se puede definir como un conjunto de normas destinadas a regir las relaciones jurídicas que se derivan del comercio y a resolver los conflictos que surjan entre comerciantes, en ocasión de los actos que en el comercio realizan.
ACTOS DE COMERCIO
El código de comercio enumera los actos que la ley reputa de comercio en los artículos 632 y 633, el cual nos expresa que "la ley reputa actos de comercio: toda compra de género y mercancías para revenderlos, sea en naturaleza, sea después de haberlos trabajado y puesto en obra, o aun para alquilar simplemente su uso: toda empresa de manufacturas, de comisión, de transporte por tierra, o por agua, toda empresa de suministros, e agencias, oficinas de negocios de establecimientos de ventas a remate, de espectáculos públicos, toda operación de cambio, banca y corretaje; todas las operaciones de las bancas publicas; todas las obligaciones entre negociantes y banqueros; entre todas las personas, las letras de cambio o remesas de dinero hechas de plaza a plaza" (Art. 632).
Una persona puede, dentro de sus actividades normales, realizar actos civiles o de comercio.
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS DE COMERCIO:
Se encuentra en los artículos 632 y 633 del código de comercio.
o Actos de comercio por compra de bines muebles para revenderlos.
o Actos de comercio por su naturaleza o según su objeto (comerciabilidad objetiva).
o Actos de comercio por calidad del comerciante de la persona que intervenga en su formación, y por tanto, accesoria a su comercio (comercialidad subjetiva); y
o Actos de comercio por su forma, independientemente de las personas que intervengan en su realización (comercialidad por la forma).
Los actos de comercio por su naturaleza, y por la comercialidad objetiva el código de comercio los anuncia dentro de las prescripciones de los artículos 632 y 633, y comprenden:
o Comprar géneros y mecánicas para revenderlos o alquilarlos.
o Empresas de carácter comercial o industrial
o Operaciones de cambio
o Expediciones y operaciones marítimas. 632 del código de comercio, la ley reputa actos de comercio toda compra de género y mercancía para revenderla, sea en naturaleza, sea después de haberlos trabajado y puesto en obra, o aun para alquilar simplemente su uso.
LOS ACTOS DE COMERCIO OBJETIVOS:
Este en razón de su forma; cualquiera sea la persona que lo cumple y cualquiera sea la finalidad del acto, la operación es siempre comercial. El caso tipo es la letra de cambio, que siempre es un acto de comercio. LOS ACTOS DE COMERCIO MIXTO
Los actos de comercio mixtos son aquellos que para una parte tienen carácter civil y para otra comercial.
632 del código de comercio, la ley reputa actos de comercio toda compra de género y mercancía para revenderla, sea en naturaleza, sea después de haberlos trabajado y puesto en obra, o aun para alquilar simplemente su uso.
Por su naturaleza mobiliar de las operaciones que se acaban de mencionar se desprende que la compra de bienes inmuebles para revenderlos o arrendarlos no constituye un acto de comercio.
Tampoco realiza un acto de comercio el agricultor que vende frutos de un predio, pues falta la condición de comprar para revender. Sin embargo, la compra de un vehículo para alquilarlo constituye un acto de comercio.
ACTO DE COMERCIO POR INTERPRETACIÓN DE LA LEY.
1 del código de comercio "son comerciantes, todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.